La reciente aprobación de la Directiva Europea de Trabajo en Plataformas Digitales en el plenario del Parlamento Europeo, el pasado 24 de abril, respaldado por 554 eurodiputados con solo 56 votos en contra y 24 abstenciones, es una noticia de vital importancia, no solo para los que operamos en el sector delivery, sino también para el conjunto de los trabajadores de Plataformas Digitales. En palabras de la Eurodiputada Elisabetta Gualmini, ponente de la Directiva en el Parlamento Europeo: “La directiva acabará con el falso trabajo por cuenta propia y evitará la competencia desleal, protegerá el verdadero trabajo por cuenta propia e introducirá normas innovadoras sobre la gestión de algoritmos”. En Europa se estima que hay más de 5,5 millones de personas clasificadas erróneamente como autónomos en un mercado de plataformas digitales que emplea a más de 28 millones de personas, y esta cifra se espera que alcance los 43 millones de personas en 2025.
Este paso al frente en contra de la figura de los falsos autónomos por parte de la Directiva está alineado con lo que hemos vivido en España a través de varias sentencias del Tribunal Supremo en 2020 y la Ley Rider en 2021; y reafirma el modus operandi de Just Eat España, donde siempre hemos asegurado que los repartidores tengan contrato por cuenta ajena a través de empresas especializadas de última milla así como de contratación directa por parte del grupo JustEat Takeaway (que cuenta en estos momentos con más de 2.500 repartidores a través del convenio colectivo de empresa firmado con UGT y CCOO en diciembre de 2021). Por todo ello, la nueva regulación europea nos reafirma en nuestra voluntad por seguir haciendo las cosas correctamente a pesar de enfrentarnos a un mercado muy competitivo donde hay operadores que a día de hoy siguen sin contratar a sus repartidores
La nueva Directiva se transpondrá al Ordenamiento Jurídico español en los próximos dos años, previo paso por una última votación en el Consejo y la confirmación de su traducción correcta a todos los idiomas oficiales de la UE. En su articulado además de la presunción de laboralidad cuando hay hechos que indican un control y dirección sobre el trabajador de conformidad con la legislación nacional y los convenios colectivos, establece normas sobre gestión algorítmica para garantizar la supervisión humana en las decisiones importantes que afectan directamente a los trabajadores. Este detalle es especialmente relevante en el caso de los falsos autónomos porque el algoritmo puede favorecer a ciertas cuentas, generando mucha presión sobre los repartidores. En cambio, en un modelo de empleo tradicional, los descansos están regulados, y el repartidor recibe su salario por cada hora trabajada, independientemente del tiempo de inactividad o de las esperas que sufran los repartidores a lo largo del día. Además, esta Directiva establece normas para mejorar la protección de los datos personales de los trabajadores.
En España, el marco regulatorio siempre ha sido claro, ya que las sentencias del Tribunal Supremo en 2020 y la posterior aprobación de la Ley Rider en verano de 2021 establecían la presunción de laboralidad, delineando de forma inequívoca las obligaciones de las plataformas digitales hacia sus trabajadores. Sin embargo, aún así, vemos que no todos los operadores están interpretando la ley de igual manera y la contratación de repartidores no parece ser la tónica habitual. Es por ello que la Directiva Europea es un refuerzo adicional que ayudará a asegurar el correcto funcionamiento del sector en España y asegurar la igualdad de condiciones para todos los operadores.
La seriedad y lealtad hacia el cumplimiento de estas normas es crucial para el desarrollo saludable de nuestro sector. Como empresa que cumple con el marco normativo vigente, consideramos que la nueva regulación europea es beneficiosa para el ecosistema laboral y el bienestar general de los trabajadores y de los usuarios. Todo esto a su vez repercute positivamente en la calidad, trazabilidad y transparencia del servicio que los consumidores esperan recibir.